13/05/2026
De acuerdo con la Ordenanza reguladora del reconocimiento de la condición de beneficiarios/as de productos farmacéuticos excluidos del régimen de la Seguridad Social, se concede un plazo de 30 días hábiles para darse de alta como beneficiario/a de productos farmacéuticos excluidos de la
Seguridad Social.
Los requisitos para tener derecho al reconocimiento de dicha condición son los siguientes:
Los documentos que debe aportar cada solicitante para que se reconozca su derecho son:
Se advierte que transcurrido el plazo indicado no procederá expedir tarjeta alguna hasta la próxima convocatoria.
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